EN ESTE CRONOGRAMA DADO POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA DE ECUADOR EN UNA REUNIÓN PREVIA A ESTA FECHA DE PUBLICACIÓN, DONDE SE DETALLA EL COMO SE VA A REALIZAR EL PRIMER PROCESO (FASE 1)
Punto de información: Lo que se describe a continuación en sólo un cronograma estipulado según el Decreto Ejecutivo 436; Pero se debe esperar que cada ministerio que se menciona que den las normativas, requisitos y como se va a aplicar según cada acuerdo, sin tener esa información no hay como informar más de lo descrito.
- En esta lámina se detalla en rasgo general el proceso previsto general por las autoridades ecuatorianas a fin de cumplir la fase 1:
2. En esta segunda lámina se detalla el tiempo previsto por el decreto ejecutivo 436 para que cada uno de los Ministerios involucrados den a conocer e inicien su ejecución de la fase 1, según lo normado en el decreto y que inicia desde la publicación en el Registro oficial con fecha del 15 de junio 2022, tomando en cuenta la fecha del decreto :
Leyenda:
DE: Decreto Ejecutivo 436
MDI: Ministerio del Interior (según fecha dispuesta por el DE 436: 15 de AGOSTO para dar a conocer el alcance del CENSO y su aplicación de lo mencionado en el DE y luego 15 de SEPTIEMBRE inicio del registro migratorio: (todos los inmigrantes venezolanos en el país deben realizarlo)
MIES: Ministerio de Inclusión Social y Económica (según fecha dispuesta por el DE 436 15 de SEPTIEMBRE 2022)
MREMH: Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana (según fecha dispuesta por el DE 436 15 de OCTUBRE 2022)
DIGERCIC: Dirección General de Registro Civil Identificación y Cedulación (inmediatamente acceso a la orden de cedulación y obtención de la cédula ecuatoriana)
3. En esta tercera lámina se detalla quienes se acogerán en esta fase 1 del proceso:
4. Para esta última lámina se describe las actuaciones de cada ministerio dentro del proceso descrito en el cronograma antes descrito:
- MDI: Inicia registro migratorio
- MREMH: Se realiza la solicitud de la visa VIRTE y se adjuntan los requisitos.
- MDI: El ministerio aplica la amnistía migratoria (eliminación de multas estipuladas) y comunica al MREMH un ok de la información cotejada (antecedentes penales, fecha de ingreso, documentos habilitantes)
- MREMH: Aprobación y emisión de visa VIRTE para quienes cumplen con los requisitos e inmediatamente la orden para cedularse.
- DIGERCIC: Recepta la orden de cedulación y entrega la cédula laminada.